Sala de Prensa

14/05/2025

El máximo tribunal del país falló en favor de personas encarceladas a la espera de camas psiquiátricas

Corte Suprema ordenó el traslado inmediato de imputados con enfermedades mentales a centros asistenciales

Tras una batalla legal iniciada en noviembre de 2023 por la Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN) y que terminó el 30 de abril pasado, el máximo tribunal de justicia del país revocó un fallo previo de la Corte de Apelaciones y dejó de manifiesto la urgencia de garantizar que los derechos de los imputados con enfermedades mentales sean respetados y que el Estado cumpla con sus obligaciones de proporcionarles atención adecuada.

Por María Eugenia Gonález I.,
periodista Defensoría Regional Metropolitana Norte.

Con satisfacción recibió la jefa de Estudios de la Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN), Sandra Haro Colomé, el fallo de la Corte Suprema que revocó una resolución previa de la Corte de Apelaciones de Santiago y declaró ilegal la privación de libertad de personas imputadas con graves padecimientos mentales. La sentencia obliga a trasladarlos a instituciones asistenciales en un plazo máximo de diez días.

La abogada calificó la resolución como "un espaldarazo a todo lo que han decidido los tribunales de garantía, la Corte de Apelaciones de Santiago y la Corte Suprema en los casos de acciones constitucionales que han sido analizadas por la sala penal. Esto, en otras palabras, refuerza las decisiones tomadas anteriormente por tribunales de menor rango y sienta un precedente constitucional para salvaguardar los derechos de estas personas", explicó.

INQUIETUD POR EJECUCIÓN
Sin embargo, la jefa de Estudios expresó su inquietud respecto de que la ejecución de esta sentencia quede paralizada y que las instituciones del Estado no logren llevar a cabo lo ordenado por la Corte.

“Somos conscientes de que hay problemas estructurales en el sistema de salud y en los hospitales. El recurso de protección menciona casos complicados de personas que han sufrido daños a su integridad física y psicológica, así como a su vida, situaciones que lamentablemente se han repetido. Nuestra misión es proteger a estas personas”, afirmó Haro.

Según la defensora pública, la importancia de este fallo radica en que “se trata de uno de los primeros pronunciamientos de la sala constitucional de la Corte Suprema en este ámbito, consolidando así una línea jurisprudencial que antepone la protección de los derechos humanos al enfoque penal. Además, establece la responsabilidad del Estado de asegurar condiciones dignas y adecuadas para las personas con discapacidad mental dentro del sistema judicial”, señaló.

La abogada explicó también que la resolución de la Corte Suprema observó el incumplimiento de requisitos legales: “Los tribunales han ordenado internaciones provisionales sin contar con informes periciales psiquiátricos obligatorios, lo que viola distintos protocolos”, aseguró.

RECINTOS PENALES NO CUMPLEN LAS CONDICIONES
Tras liderar varios de estos requerimientos ante los tribunales, Sandra Haro explicó que el Estado tiene un rol fundamental en este tipo de casos, ya que sus instituciones son las encargadas de entregar los informes médicos especializados respecto de estas personas.

Agregó que tales informes son elaborados por el Instituto Psiquiátrico "Dr. José Horwitz Barak" o por el Servicio Médico Legal (SML): “Como las entregas de estos documentos vienen con retraso, paralizan procesos judiciales y prolongan la privación de libertad injustificada”, advirtió. Agregó que muchos establecimientos penitenciarios no cumplen con las condiciones necesarias para atender a estas personas, quienes requieren un cuidado especial.

Por lo mismo, sostuvo que el impacto institucional que genera este dictamen de la Corte en el trabajo con los intervinientes del sistema obliga a una coordinación efectiva entre los tribunales, Gendarmería y los centros asistenciales de salud para cumplir con las medidas ordenadas.

En la misma línea, la abogada enfatizó que la privación de libertad de personas con problemas mentales debe ser excepcional y sujeta a estrictos controles constitucionales. "En ese contexto, nuestros equipos especializados en la defensa de personas vinculadas con en el artículo 458 del Código Penal realizan visitas periódicas a los hospitales, para evitar que sean trasladadas a cárceles.

La jefa de Estudios de la DRMN concluyó que "este fallo es un avance histórico, al priorizar la dignidad y los derechos de personas con problemas de salud mental, pero su éxito dependerá de superar obstáculos estructurales y garantizar su ejecución efectiva".

Revise el dictamen de la Corte Suprema en el documento adjunto. 

Revise la nota de TVN aqui: https://www.24horas.cl/informe-especial/codigo/corte-suprema-ordena-sacar-a-imputados-psiquiatricos-de-carceles-en-10-dias

Diario Constitucional: https://www.diarioconstitucional.cl/2025/05/06/corte-suprema-ordena-trasladar-a-imputados-con-trastornos-mentales-a-centros-de-salud-especializados/

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