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01/04/2025

Fue organizado en conjunto por la Fiscalía Judicial del tribunal de alzada y el Instituto Nacional de Derechos Humanos

Asesora jurídica de la Defensoría de Los Ríos participó en foro sobre reinserción social en la Corte de Valdivia

Para la abogada Marcela Tapia Silva, la administración penitenciaria se enfrenta a una tensión entre dos roles: “Por un lado, la gestión de orden y seguridad para tener el control efectivo de la cárcel -lo que requiere de un poder sancionador eficiente y eficaz- y, por otro, garantizar los derechos de la población penitenciaria, incluidos los derechos del imputado ante una infracción disciplinaria”.

Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
periodista Defensoría Regional de Los Ríos.

Sobre la necesidad de que las garantías de un debido proceso en el sistema penal se expresen al interior de las cárceles de nuestro país expuso, el pasado viernes 28, la asesora jurídica de la Defensoría Regional de Los Ríos, Marcela Tapia Silva, al participar en el conversatorio “Nudos críticos y desafíos de la reinserción social”, que se realizó en la Sala de Pleno de la Corte de Apelaciones de Valdivia.

En el foro, organizado en conjunto por la Fiscalía Judicial del tribunal de alzada y la sede regional del Instituto  Nacional de Derechos Humanos (INDH), también desarrollaron temas de su competencia institucional Alejandro Romero Mirando, jefe del Departamento de Estudios del recién creado Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil; la abogada Pilar Romero, de la Dirección Regional de Gendarmería de Chile, y Luis Vial Recabarren, experto encargado del área penitenciaria y de función policial del Comité para la Prevención de la Tortura (CPT).

Respecto de su exposición, Marcela Tapia explicó que quiso abordar el tema desde una perspectiva distinta, "en tanto la reinserción social también puede ser vista como un proceso que intenta transmitir pautas de comportamiento como, por ejemplo, el respeto a las normas jurídicas, con el objeto de evitar la reincidencia".

NUDO CRÍTICO
Agregó que, a propósito de ese modelo que el Estado, a través de la reinserción, intenta transmitir, "me referí a un nudo crítico que no se suele conectar con la reinserción social, pero que -en mi opinión y experiencia- tiene mucho que ver con ésta. Me refiero al diseño del régimen disciplinario intrapenitenciario y a la forma en cómo se sanciona en nuestras cárceles”, mencionó.

Para la abogada, la potestad sancionadora intrapenitenciaria tiene una finalidad inmediata, que es el orden y la seguridad del recinto penitenciario y de quienes lo habitan pero, a la vez, se relaciona con una finalidad mediata, que se erige como fin primordial: la reinserción social de las personas privadas de libertad.

“Esto, porque mantener una cárcel medianamente ordenada y segura facilita las acciones o actividades de reinserción social y, por el contrario, una cárcel fuera de control no permite el desarrollo de ningún programa de reinserción ni intervención alguna”, aseguró.

En tal sentido, la asesora jurídica regional planteó que la administración penitenciaria se enfrenta a una tensión entre estos dos roles. “Por un lado, la gestión de orden y seguridad, para tener el control efectivo de la cárcel -lo que requiere de un poder sancionador eficiente y eficaz- y, por otro, garantizar los derechos de la población penitenciaria, incluidos los derechos de la persona imputada ante una infracción disciplinaria. Es ahí donde, a mi juicio, tenemos serios problemas”, advirtió.

GARANTÍAS DISCIPLINARIAS
Según Marcela Tapia, algunos de esos problemas tienen que ver con ciertas garantías que no se estarían cumpliendo o, al menos, no a cabalidad, como por ejemplo, que las faltas estén claramente establecidas, que no sean abiertas o interpretables y comunicadas a la población penal.

“Las personas deben estar informadas sobre sus derechos y obligaciones. Es decir, se debe cumplir con el principio de publicidad y lo más importante es lo que llamamos debido proceso, lo que permite llegar a decisiones justas, sustentadas en buena fundamentación a la hora de aplicar una sanción”, indicó. 

En esa misma lógica, la abogada destacó como garantías el respeto a la presunción de inocencia, a la defensa técnica y el derecho a ser oída de la persona privada de libertad. “Establecer formalidades como el lugar donde se le va a escuchar, la idoneidad de quien toma la declaración, la privacidad, quiénes estarán presentes en la diligencia, que se resguarde de posibles riesgos para su integridad psíquica y física, etc”, comentó.

Marcela Tapia Silva es abogada de la Universidad Católica de Valparaíso y fue la primera defensora pública penitenciaria de Los Ríos, labor que desarrolló durante siete años. Desde 2017 es profesora adjunta de la cátedra de derecho penitenciario en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile.

Cuenta con  un magister en derecho penal y derecho procesal penal de la Universidad Austral y actualmente cursa un doctorado en derecho, mención constitucionalismo y derecho, en esa misma casa de estudios superiores.

En marzo  de 2023 publicó el libro “Manual de derecho penitenciario chileno”, a través de la editorial Tirant lo Blanch, con patrocinio de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral y participa habitualmente en las jornadas anuales de la organización 'Mujeres penalistas y criminólogas del país'.

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