Sala de Prensa

24/03/2025

Según el fallo, excedieron sus facultades legales

Corte Suprema anuló condena por detención ilegal efectuada por guardias de seguridad

El máximo tribunal de justicia del país determinó que los procedimientos de los funcionarios de un supermercado fueron ilegales, por lo que invalidó la prueba de la Fiscalía.

Por Jorge Mansilla Macías,
Defensoría Regional de Los Lagos.

La Corte Suprema anuló un juicio contra una mujer que había sido condenada por un delito frustrado de hurto simple. El hecho se produjo en un supermercado de Puerto Montt, donde una mujer fue detenida por los guardias de seguridad a la salida del local, quienes la condujeron a una sala, donde la retuvieron por más de una hora antes de llamar a Carabineros. 

Durante este tiempo, los funcionarios realizaron registros de vestimenta e incautación de especies, además de emitir una boleta por el valor de los productos supuestamente sustraídos. 

La defensora pública Viviana Hinostroza explicó que “como defensa pública, representamos una primera vulneración en el tiempo de retención por parte de los guardias, puesto que la ley dice expresamente que la persona debe ser puesta en forma inmediata, es decir, sin demora, a disposición de la autoridad competente, en este caso, Carabineros”.

La abogada agregó que, en segundo lugar, "hicimos notar que durante este tiempo, en que se retuvo de forma totalmente ilegal a esta mujer, los guardias del supermercado realizaron registro de las vestimentas de la persona detenida, incautaron objetos y, además, emitieron una boleta con el valor de las especies que habían sido supuestamente sustraídas”.

NULIDAD Y EXCLUSIÓN DE PRUEBA
Tras la interposición del recurso respectivo, la Corte Suprema acogió los argumentos de la defensa pública y estableció que las actuaciones de los guardias habían vulnerado la garantía de que nadie puede ser detenido ni privado de libertad fuera de los casos y las formas que señala la ley, por lo cual ordenó la realización de un nuevo juicio. 

Sin embargo, esta vez la Fiscalía no va a poder presentar como prueba las acciones y la supuesta evidencia que habrían recolectado los guardias del supermercado, porque este procedimiento fue, como lo indicó la propia Corte Suprema, ilegal.

Viviana Hinostroza valoró el fallo porque, tal como indicó, “precisamente resguarda el derecho de cualquier persona a ser detenida y privada de su libertad sólo de acuerdo a la forma que dicta la ley”

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