Sala de Prensa

29/11/2024

La segunda sala ordenó suspender el procedimiento por el artículo 458 del Código Procesal Penal

Corte Suprema acogió amparo por presunta inimputabilidad planteada por defensora pública de La Ligua

El juzgado de garantía había decretado prisión preventiva contra la amparada, acusada por robo en lugar habitado y robo con violencia.

Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional de Valparaíso.

En conformidad con el artículo 21 de la Constitución, la segunda sala de la Corte Suprema revocó una sentencia apelada, del 25 de septiembre pasado, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

En su lugar, acogió el amparo presentado por la abogada Valentina Álamos García, defensora pública de la Ligua, contra la resolución que no acogió la suspensión del procedimiento por el artículo 458 del Código Procesal Penal, por estimar que no había antecedentes calificados.

En consecuencia, la sala penal ordenó al Servicio Médico Legal (SML) elaborar un informe pericial sobre la imputabilidad por enajenación mental, con especial mención a si resulta peligrosa para sí o para terceros disponiendo, en el intertanto, el ingreso inmediato de la amparada a un recinto hospitalario, para lo cual el juzgado de garantía deberá realizar las gestiones necesarias para cumplir lo resuelto.

PERITAJE PSICOLÓGICO
La defensa pública acompañó un peritaje psicológico, que concluyó que la persona presenta quiebres en su juicio de la realidad y trastorno grave por consumo de sustancias, con brotes psicóticos y muy escasa capacidad de autodeterminación.

También presentó la certificación del SML, que determinó que “es paciente de riesgo, a pesar de que minimiza y escamotea respecto al consumo, este es diario, se encuentra en situación de calle por el mismo y presenta síntomas psicóticos secundarios al consumo”.

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