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26/11/2024

Actividad organizada en conjunto por la Defensoría Penal Pública, el Ministerio Público y el Poder Judicial

Defensor Nacional (s): “Nuestra misión es luchar por la igualdad de género y la eliminación de toda forma de violencia”

Osvaldo Pizarro fue uno de los encargados de inaugurar el seminario “Violencia contra las mujeres en razón de su género y acceso a la justicia”.

Por Andrea Paz González Schmessane,
Defensoría Nacional.

Este martes 26, el Defensor Nacional (s), Osvaldo Pizarro, fue uno de los encargados de inaugurar el seminario “Violencia contra las mujeres en razón de su género y acceso a la justicia: análisis de los desafíos de la implementación de la Ley N° 21.675”, organizado en conjunto por la Defensoría Penal Pública, el Poder Judicial y el Ministerio Público.

En su discurso, la máxima autoridad de la institución recalcó enfáticamente que “la violencia contra las mujeres es una realidad que trasciende fronteras, características personales y condiciones socioculturales”.

“A lo largo de sus vidas, todas las mujeres enfrentan algún tipo de violencia en distintos ámbitos: familia, trabajo, estudios o espacios públicos. Sin embargo, esta no las afecta por igual. Existen grupos que padecen la violencia de manera desproporcionada, debido a condiciones específicas de vulnerabilidad o porque proviene precisamente de quienes deberían proteger sus derechos”, agregó el directivo, quien también mencionó que “entre estos grupos destacan las mujeres privadas de libertad, quienes enfrentan múltiples formas de violencia, tanto antes como durante su encarcelamiento”.

VIOLENCIA INSTITUCIONAL INVISIBILIZADA
Osvalo Pizarro también comentó que “en mi experiencia como defensor público he escuchado historias dolorosas, que reflejan cómo muchas de estas mujeres han sido víctimas de violencia en sus hogares desde la infancia. Una violencia que persiste en su vida adulta. A esto se suma la violencia que sufren en el ámbito escolar, laboral, sanitario y, de manera especialmente grave, en recintos penitenciarios bajo la custodia del Estado (...) La violencia institucional es una de las más invisibilizadas”.

Según el abogado, "a diferencia de otras formas de violencia que pueden ser denunciadas, esta suele ser silenciada, ignorada e incluso normalizada. Lamentablemente, la Ley N° 21.675 no aborda adecuadamente esta problemática. Si bien el artículo 6 define la violencia física como cualquier acción u omisión que vulnere la libertad personal de la mujer, la violencia institucional queda limitada a actuaciones fuera del marco de competencias del órgano público".

Agregó que, "además, el artículo 21 omite incluir a Gendarmería entre los órganos responsables de proteger a las víctimas de violencia de género, pese a que el artículo 31 le asigna un rol en casos de violencia dentro de recintos penitenciarios. Esta contradicción evidencia la insuficiencia de la normativa y la falta de un enfoque integral en la protección de estas mujeres”, aseguró.

RESPONSABILIDAD DE LA DEFENSA PÚBLICA
Por ello, insistió en que “desde la defensa penal pública tenemos la responsabilidad de visibilizar y enfrentar esta realidad” y mencionó que gracias al 'Sistema de registro, comunicación y atención integral a víctimas de violencia institucional carcelaria' (Sircaivi), activado por la Defensoría en mayo de 2022, se ha logrado registrar 63 denuncias de mujeres privadas de libertad por violencia física, negación de acceso a salud y violencia obstétrica y sexual.

“Judicializar estos casos no sólo busca sanciones, sino también prevenir la repetición de los actos y garantizar reparaciones efectivas”, dijo Pizarro, quien luego mencionó que “es fundamental entender que la privación de libertad puede constituir una vulneración de derechos, especialmente cuando no se consideran factores como los deberes de cuidado o el historial de victimización previo”.

Por último, el Defensor Nacional (s) recalcó que “no podemos ignorar las deficientes condiciones de infraestructura, habitabilidad, higiene, alimentación y salud en los recintos penitenciarios”, puntualizando que “es nuestra misión como defensores y defensoras luchar por la igualdad de género y la eliminación de toda forma de violencia, sin importar quién la ejerza”, concluyó.

 

Este martes, el Defensor Nacional (s) Osvaldo Pizarro fue uno de los encargados de inaugurar el seminario “Violencia contra las mujeres en razón de su género y acceso a la justicia: análisis de los desafíos de la implementación de la Ley N°21.675”, organizado por la Defensoría Penal Pública en conjunto con el Poder Judicial y el Ministerio Público.

Y en su discurso, la máxima autoridad de la institución fue enfático al recalcar que “la violencia contra las mujeres es una realidad que trasciende fronteras, características personales y condiciones socioculturales”.

“A lo largo de sus vidas, todas las mujeres enfrentan algún tipo de violencia, en distintos ámbitos: familia, trabajo, estudios o espacios públicos. Sin embargo, esta no las afecta por igual. Existen grupos que padecen la violencia de manera desproporcionada debido a condiciones específicas de vulnerabilidad o porque proviene precisamente de quienes deberían proteger sus derechos”, agregó el defensor, mencionando que “entre estos grupos destacan las mujeres privadas de libertad, quienes enfrentan múltiples formas de violencia, tanto antes como durante su encarcelamiento”.

“En mi experiencia como defensor, he escuchado historias dolorosas que reflejan cómo muchas de estas mujeres han sido víctimas de violencia en sus hogares desde la infancia, una violencia que persiste en su vida adulta. A esto se suma la violencia que sufren en el ámbito escolar, laboral, sanitario y, de manera especialmente grave, en recintos penitenciarios bajo la custodia del Estado”, señaló.

Y aseveró que “la violencia institucional es una de las más invisibilizadas”.

“A diferencia de otras formas de violencia que pueden ser denunciadas, esta suele ser silenciada, ignorada e incluso normalizada. Lamentablemente, la Ley 21.675 no aborda adecuadamente esta problemática. Si bien el artículo 6 define la violencia física como cualquier acción u omisión que vulnere la libertad personal de la mujer, la violencia institucional queda limitada a actuaciones fuera del marco de competencias del órgano público. Además, el artículo 21 omite incluir a Gendarmería entre los órganos responsables de proteger a las víctimas de violencia de género, pese a que el artículo 31 le asigna un rol en casos de violencia dentro de recintos penitenciarios. Esta contradicción evidencia la insuficiencia de la normativa y la falta de un enfoque integral en la protección de estas mujeres”, detalló.

Por ello, insistió, “desde la defensa penal, tenemos la responsabilidad de visibilizar y enfrentar esta realidad”, mencionando que gracias al “Sistema de Registro, Comunicación y Atención Integral a Víctimas de Violencia Institucional Carcelaria”, implementado por la Defensoría en mayo de 2022, se ha logrado registrar 63 denuncias de mujeres por violencia física, negación de acceso a salud, violencia obstétrica y sexual.

“Judicializar estos casos no solo busca sanciones, sino también prevenir la repetición de los actos y garantizar reparaciones efectivas”, dijo, al tiempo que mencionó que “es fundamental entender que la privación de libertad puede constituir una vulneración de derechos, especialmente cuando no se consideran factores como los deberes de cuidado o el historial de victimización previo”.

Por último, recalcó que “no podemos ignorar las deficientes condiciones de infraestructura, habitabilidad, higiene, alimentación y salud en los recintos penitenciarios”, puntualizando que “es nuestra misión como defensores y defensoras luchar por la igualdad de género y la eliminación de toda forma de violencia, sin importar quién la ejerza”.

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