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26/07/2022
“Estos jóvenes jamás debieron estar privados de libertad”, dijo su defensor público
Absuelven a jóvenes que habían sido acusados de instalar barricadas en 2020
El tribunal los condenó a la pena mínima de 61 días por desórdenes públicos en el llamado ‘caso primera línea’, pero tal sentencia se dio por cumplida por el tiempo que pasaron en prisión preventiva. El defensor local jefe de Santiago, Víctor Providel, cuestionó que en su momento se les haya aplicado la medida cautelar más severa.
Por María Eugenia González I.,
Defensoría Metropolitana Norte.
El pasado jueves 21 el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago realizó la lectura de sentencia contra los imputados en una de las investigaciones de la denominada "primera línea" del estallido social.
El defensor local jefe de Santiago, Víctor Providel, dependiente de la Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN), explicó que los jóvenes fueron absueltos de la mayoría de los delitos por las cuales fueron acusados.
“Solamente se condenó por un delito de desorden público a la pena mínima de 61 días, que se dio por cumplida por el mayor tiempo que estuvieron privados de libertad, lo que significa que estos jóvenes jamás debieron estar privados de libertad y este fallo ratifica que la prisión preventiva dictada en ese momento no se justificaba. Hoy estamos estudiando la posibilidad de conformarnos con el fallo o recurrir de nulidad a la Corte de Apelaciones”, señaló.
UN MES DE ALEGATOS
El viernes 8 de julio, tras un mes de alegatos, el tribunal oral dictó veredicto condenatorio en contra de Alejandro Benjamín Nicho Mendoza, Daniel Antonio Sepúlveda Molina, Felipe Andrés Cerda Cerda, Jean Nicolás Godoy Miranda y Raúl Antonio Leiva Cocio, en calidad de autores del delito consumado de desórdenes públicos. En resolución unánime, el tribunal dio por acreditada tanto la comisión del delito como la participación culpable de ellos cinco en los hechos imputados.
Siga el siguiente enlace para leer articulo completo:
https://www.latercera.com/nacional/noticia/defensor-de-caso-primera-linea-estos-jovenes-jamas-debieron-estar-privados-de-libertad/DFHEBJUY45G75NGUQCKI5HPPVM/
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