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15/10/2025

Asistió el Defensor Nacional (s), Renato González Caro

Gobierno promulgó ley que introduce la calificación jurídica de ausente por desaparición forzada y crea un registro especial

El directivo participó en la promulgación de la ley que crea el “Registro de ausentes por desaparición forzada”, introduce esa calificación jurídica y crea un registro especial. La ceremonia se realizó en el salón Montt-Varas del Palacio de La Moneda y fue encabezada por el vicepresidente de la República, Alvaro Elizalde, con la participación de ministros de Estado, parlamentarios y agrupaciones de familiares de detenidos desaparecidos durante la dictadura.

El vicepresidente de la República, Álvaro Elizalde; el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Jaime Gajardo; la presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos (AFEP), Alicia Lira, y la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos (AFDD), Gaby Rivera, intervinieron hoy en la ceremonia de promulgación de la Ley N° 21.775, que introduce la calificación jurídica de 'ausente por desaparición forzada' y crea un registro especial.

La nueva ley reconoce de manera expresa a las víctimas de desaparición forzada ocurridas durante la dictadura. Pero, además, el cuerpo legal crea una nueva categoría jurídica, que permite al Estado reconocer oficialmente como víctimas de desaparición forzada a las personas detenidas desaparecidas y ejecutadas políticas sin entrega de cuerpos, mandatando al Servicio de Registro Civil e Identificación la creación y mantención de un 'Registro especial de personas ausentes por desaparición forzada', que deberá estar en operaciones en un plazo de seis meses después de publicada la normativa en el Diario Oficial.

El articulado de la ley forma parte de la agenda legislativa del gobierno con motivo de la conmemoración de los 50 años del Golpe de Estado y es una iniciativa clave entre las acciones impulsadas por el Ejecutivo en el marco del Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia.

REGISTRO PÚBLICO Y GRATUITO
La iniciativa crea un registro público, gratuito y digital, a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, cuya base será una nómina elaborada por la Subsecretaría de Derechos Humanos en el contexto del trabajo del Plan Nacional de Búsqueda, incorporando antecedentes provenientes de comisiones de verdad y sentencias judiciales.

El ministro de Justicia y Derechos Humanos relevó que “esta ley es fundamental para la protección de los derechos humanos en nuestro país. Es el reconocimiento que merecían las agrupaciones y los familiares. Es un reconocimiento que lamentablemente llega tarde, llega a 52 años del golpe militar, pero que -sin embargo- da cuenta de la importancia que tiene para nuestro país que se reconozca la desaparición forzada y también es parte de la reparación que indudablemente requieren las familias de las personas que se encuentran ausentes por desaparición forzada”, señaló.

La ley fue presentada en 2022, a través de una moción parlamentaria de diputadas y diputados de diversos sectores, y luego fue objeto de una indicación sustitutiva del Ejecutivo. Establece la calificación legal de víctimas de desaparición forzada durante la dictadura de 1973 a 1990, lo que permitirá al Estado reconocer oficialmente su ausencia, otorgar certificados gratuitos que acrediten la pertenencia al registro y brindar una herramienta de reparación simbólica clave para las familias.

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