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12/09/2025
Tras cautela de garantía, a propósito del fin humanitario de la pena
Tribunal de Punta Arenas sustituyó pena de cárcel efectiva por reclusión domiciliaria total
El Tribunal de Garantía de Punta Arenas acogió una cautela de garantía presentada por la defensora penitenciaria Priscilla Vásquez, lo que permitirá a un interno cumplir el saldo de la pena efectiva que le resta en reclusión domiciliaria total. Según el tribunal, en su actual condición de salud no constituye un peligro para la sociedad.
Por Héctor Martínez Díaz,
Defensoría Regional de Magallanes y Antártica Chilena.
Una nueva cautela de garantía con fines humanitarios presentó la defensora pública penitenciaria de Magallanes, Priscilla Vásquez, en favor de un interno a quien se le practicó una craneotomía, la que fue acogida por el Tribunal de Garantía de Punta Arenas.
El interno -de iniciales A. M. N.- cumplía condena privativa de libertad en el complejo penitenciario de Punta Arenas, por lo cual la defensora pública presentó la cautela con el fin de sustituir el cumplimiento efectivo de la pena restante, que se cumplía el 27 de diciembre próximo, más una multa, con lo cual el plazo total sería hasta el 9 de enero de 2026.
“Solicitamos esta sustitución porque mi representado tiene un defecto óseo craneal por un accidente de tránsito que protagonizó en 2019, hecho por el cual fue condenado. En ese accidente perdió parte de su cráneo, quedó con varias secuelas, como epilepsia secundaria, pérdida de control de esfínter y crisis convulsiva, entre otras”, explicó Priscilla Vásquez.
La abogada agregó que el hombre fue operado el 21 de agosto pasado en el hospital clínico regional de Magallanes: "Le practicaron una craneotomía con prótesis. El postoperatorio fue bien dificultoso y delicado y necesitó cuidados especiales, por lo cual solicitamos en su momento una cautela de garantía para que, como prescribía el médico, su madre pudiera asistirlo y cuidarlo todos los días en el hospital mientras estuviera internado. Esa cautela de garantía fue acogida favorablemente por el tribunal”, indicó la defensora pública.
Una vez dado de alta, el interno ingresó a la enfermería del recinto penal, pero quiso volver a su módulo de origen, donde cohabitaba con dos personas más, una de ellas discapacitada, de 96 años, y otra también de avanzada edad.
PENA HUMANITARIA
“Como es tan dificultoso su tratamiento, estimamos que se ponía en riesgo no solamente la integridad física, sino que la vida de mi representado, razón por la cual, por un principio de humanidad de las penas, solicitamos que la que actualmente cumple fuera en su hogar, al cuidado de su madre”, explicó la abogada.
La defensora penitenciaria fundamentó su solicitud con normativa interna de Gendarmería, los artículos 1 y 19 números 1, 7 y 9 de la Constitución Política de la República, además del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), las 'Reglas mínimas de Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos' y el control de convencionalidad que debe existir en estos casos, entre otros argumentos jurídicos.
“Señalamos que si bien mi representado está cumpliendo dos condenas de 541 días, hay que ver la satisfacción debida de los fines de la pena de un modo humanitario, porque si bien se estimó, en su momento, que él era un peligro para la sociedad, en sus actuales condiciones de salud no constituye un peligro. Además, es muy corto el tiempo de pena que le queda por cumplir”, dijo Vásquez.
La defensora pública agregó que acompañaron también un informe social elaborado por la trabajadora social penitenciaria Carolina Vásquez, además de dos informes médicos, uno de los cuales da cuenta de que el cuadro base del interno requiere neuro rehabilitación multidisciplinaria, un equipo que cuente con fisiatra, kinesiólogo, terapeuta y fonoaudiólogo, además de la compañía familiar continua, lo cual es fundamental para lograr el máximo de rehabilitación posible y prevenir secuelas irreparables a futuro.
Según Priscilla Vásquez, todo ello fue acogido por el tribunal de garantía, que refrendó la cautela de garantía y sustituyó la pena efectiva de cárcel por la de reclusión domiciliaria total.
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