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29/05/2025

Fue presentado por el defensor penal público Camilo Rore Guerrero

Corte de Valparaíso acogió recurso de nulidad contra sentencia del Tribunal Oral de Viña del Mar que condenó por receptación de moto

El abogado sostuvo que la sentencia de primera instancia no analizó ni valoró toda la prueba rendida y tampoco se hizo cargo de las alegaciones de la defensa.

Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional de Valparaíso.

Por unanimidad, la primera sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de nulidad interpuesto por el defensor penal público Camilo Rore Guerrero contra una sentencia previa del Tribunal Oral de Viña del Mar que condenó a su representado por receptación de vehículo, en Villa Alemana, a tres años y un día de presidio menor en su grado máximo. En consecuencia, la declaró nula, así como el juicio que la precedió, debiendo retrotraerse la causa al estado de celebrar un nuevo juicio oral ante un tribunal no inhabilitado.

Desde la formalización, el abogado planteó la absolución por falta de concurrencia de un elemento subjetivo del tipo penal. Para sostener aquello, durante el juicio oral el acusado prestó declaración, se exhibieron por medio de registro de video las comunicaciones con el vendedor de la motocicleta y documentos bancarios que daban cuenta de la transferencia para adquirirla.

Agregó que hubo falta de conocimiento del origen ilícito del móvil. “La sentencia dictada no analiza ni valora toda la prueba rendida, como tampoco se hace cargo de las alegaciones de la defensa. Derechamente, no se analiza ni valora la declaración prestada por el acusado como medio de defensa, no se analiza ni valora la prueba de descargo”.

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El considerando quinto del fallo de la Corte resolvió que “como puede apreciarse de los párrafos de la sentencia que se han transcrito, ésta no se hace cargo de la declaración prestada, como medio de defensa por el acusado, ni de la prueba documental aportada por éste al juicio, en forma pormenorizada, utilizándola, en cambio, en su contra, en forma genérica, utilizando razonamientos como 'una moto es una moto' y nadie compra 'a tontas y a locas' una especie como la adquirida, arribando a una conclusión que se aparta del principio de razón suficiente”.

Agregó que “así como se arribó a la acreditación que, por el precio y las circunstancias de tratarse de un vehículo sin papeles y sin patente, el acusado debía saber que compraba una moto de procedencia ilícita; también pudo concluir que precisamente por las condiciones en que se vendía la especie, el precio pagado se condecía con aquellas, no necesariamente por tratarse de una especie mal habida”.

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