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29/04/2025
El representado por el defensor público Cristián Sandoval fue absuelto de maltrato animal con resultado de muerte
Corte de Apelaciones rechazó recursos de nulidad de querellantes contra sentencia absolutoria del Tribunal Oral de Viña del Mar
Los jueces consideraron que el actuar del amparado vestaba racionalmente justificado, al tratarse de una conducta defensiva orientada a proteger su integridad física y la de una de sus mascotas.
Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional de Valparaíso.
La quinta sala la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó un recurso de nulidad interpuesto por la Municipalidad de Viña del Mar, en su calidad de querellante, contra una sentencia previa del tribunal oral que absolvió a un representado del defensor penal público Cristián Sandoval Díaz de maltrato animal con resultado de muerte, y condenó por abandono.
Respecto de la absolución, el tribunal de primera instancia consideró que el actuar del amparado estaba racionalmente justificado, al tratarse de una conducta defensiva orientada a proteger su integridad física y la de una de sus mascotas.
En consecuencia, no se configuró el delito previsto en el artículo 291 ter del Código Penal, cuya tipificación exige que la conducta sea “injustificada”. Esto es, carente de una explicación que se sostenga desde una perspectiva intersubjetiva, entendida como aquella que se esperaría de un comportamiento razonable en el común de las personas.
'BINGO' AGREDE
En la denuncia original se señala que a las 21:30 horas del 28 de febrero de 2023, un hombre abandonó a cuatro perros en un inmueble de calle Traslaviña. En ese momento, un can con características de raza Pitbull llamado 'Bingo', de la agrupación Salvando Huellas, lo atacó, como también a una de sus mascotas. Por ello, el hombre golpeó a 'Bingo' con un elemento contundente que estaba en el lugar, tras lo cual el perro falleció más tarde producto de la agresión.
El Tribunal Oral de Viña del Mar absolvió al acusado del delito de maltrato animal con resultado de muerte y lo condenó por maltrato animal por el abandono de cuatro canes, a una pena de 300 días de presidio menor en su grado mínimo, 2 UTM y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.
En contra de esta decisión la abogada Alejandra Bunger Rebolledo, en representación de la Fundación Derecho y Defensa Animal como querellante, presentó un recurso de nulidad, invocando la causal prevista en el artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal.
En tanto, el abogado Rodrigo Peillard Aragón, en representación de la Municipalidad de Viña del Mar también como querellante, igualmente interpuso acción por dicha causal en relación con el artículo 342 letra c).
EXPOSICIÓN CLARA Y LÓGICA
A juicio de la Corte, se advierte que los sentenciadores respetaron la regularidad formal del procedimiento y verificaron una exposición clara, lógica y completa del hecho punible y de las circunstancias que se dieron o no por probadas.
El fallo reprocha que, antes de referirse al rechazo o no del recurso, podría objetarse la causal, por cuanto no resulta posible por razón de texto dictar sentencia de reemplazo. En segundo lugar, en el escrito de nulidad sólo hay una mera enunciación a la infracción al principio de la lógica de la razón suficiente, no especificando ninguna.
Respecto de las conclusiones sobre las cuales se construyó el veredicto absolutorio, realizaron una valoración racional de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, sin que se advierta en dicha ponderación omisión alguna de la exigencia contenida en el artículo 342 literal c) del Código Procesal Penal.
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