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31/03/2022

A petición de Gendarmería, el juzgado de garantía lo había autorizado

Corte de Valparaíso dejó sin efecto traslado a Rancagua de interno en el complejo penitenciario de Valparaíso

La quinta sala del tribunal señaló que la medida aplica sólo a las personas que cumplen condena y no a quienes están en prisión preventiva.

Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional Valparaíso.

Al acoger un amparo presentado por el defensor penal público Iván Seperiza Wittwer, la quinta sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso dejó sin efecto el traslado de una persona imputada, que cumple prisión preventiva, desde el Complejo Penitenciario de Valparaíso a Rancagua, como había autorizado previamente el juzgado de garantía a petición de Gendarmería.

Por unanimidad, los ministros  señalaron que el cambio no puede ser usado como una sanción, "no pudiendo constituir una medida de seguridad el sancionar al imputado con un traslado que no está establecido en el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios".

A partir de ello, los ministros resolvieron que, "de acuerdo al artículo 28 del Reglamento de Gendarmería, la facultad para proceder al traslado de un interno, lo es para aquellos que se encuentran en calidad de condenados y no puede hacerse extensiva a imputados cuyos procesos aún se encuentran en curso".

AGRESIONES
La defensa pública solicitó esta cautela de garantías tras tomar conocimiento de agresiones sufridas por el amparado de otrod internos y porque en las audiencias Gendarmería solicitó primero su traslado a un centro penitenciario de Biobío y luego se ordenó su partida hacia Rancagua.

Al respecto, el Defensor Regional de Valparaíso, Claudio Pérez García, explicó que “sancionar con un castigo que no está establecido, considerando la cercanía de la audiencia de preparación de juicio oral, lo que dificultaría su defensa y derecho al debido proceso, no debe constituirse en una medida de seguridad”.

Agregó que “la labor de los defensores públicos justamente es velar por los derechos y garantías que tienen todas las personas que representan frente a decisiones administrativas o judiciales que los afectan”.

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