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30/03/2022
Tras recurso de amparo presentado por la defensora penitenciaria Keomara Henríquez
Corte de San Miguel ordenó separar a condenadas e imputadas en sección sala cuna del CPF de Santiago
La tercera sala del tribunal acogió el escrito presentado por la abogada, que principalmente solicitaba disponer la pronta segregación de las mujeres imputadas y condenadas internas en la sección sala cuna del centro penitenciario femenino
Por Gustavo López Valeria,
Defensoría Regional Metropolitana Sur.
Desde marzo de 2021, las mujeres embarazadas o con hijos e hijas menores de dos años que se encuentran internas en el Centro Penitenciario Femenino (CPF) de Santiago comparten el mismo espacio en la sección sala cuna del recinto penal, independiente de si se trata de personas imputadas o condenadas penalmente.
Ello, luego de que la dirección regional de Gendarmería dispusiera el traslado de las imputadas que cumplían su internación en la sala cuna de la cárcel de San Miguel, debido a trabajos que se realizarían en el sistema de desagües de ese centro penitenciario.
Sin embargo, la convivencia entre las internas devino en algunas situaciones tensas, una de las cuales motivó la aplicación de una sanción en contra de la condenada Fernanda V., quien fue representada por la defensora penitenciaria Keomara Henríquez, dependiente de la Defensoría Regional Metropolitana Sur (DRMS).
La medida significó una baja en su calificación de comportamiento –criterio que permite postular a beneficios intrapenitenciarios- e incluso la separación de su hijo antes de que se cumpliera el periodo de dos años autorizado por Gendarmería.
Como la solicitud original para dejar sin efecto la medida disciplinaria contra la interna fue rechazada por la jueza Alejandra Muñoz, del 12° Juzgado de Garantía de Santiago, Keomara Henríquez presentó un recurso de amparo en favor de su representada.
Durante su exposición, la defensora penitenciaria explicó que la medida se tomó tras conocerse sólo la versión de la denunciante, sin que Fernanda V. tuviera la posibilidad de ser escuchada, contexto en que se le aplicó un castigo de 21 días sin recibir visitas.
RESOLUCIÓN DE LA CORTE
La tercera sala de la Corte de San Miguel -integrada por las ministras Celia Catalán y Carolina Catepillán, más el abogado integrante Roberto von Bennewitz- acogió parcialmente el recurso de amparo, haciendo hincapié en la vulneración del artículo 150 del Código Procesal Penal, por cuanto Gendarmería debe asegurar que las personas condenadas e imputadas se encuentren en espacios diferenciados, lo que no ocurre en la sección sala cuna, donde la única separación se produce durante la noche.
El fallo de las ministras y el abogado integrante también alude a las disposiciones mínimas para el tratamiento de los reclusos, conocidas como 'Reglas de Mandela', según las cuales los reclusos pertenecientes a categorías distintas deben ser alojados en establecimiento o pabellones diferentes.
La resolución señala, además, que las personas imputadas no sufren consecuencias en su registro de mala conducta de la misma forma en que eso afecta a las personas condenadas, “situación de la cual las primeras están en conocimiento y abusan de ello”.
PRONTA SOLUCIÓN
Según la resolución adoptada por la Corte, Gendarmería deberá “disponer la segregación total de las internas que en sus respectivas calidades de imputadas y condenadas, que habitan la sección materno infantil del CPF de Santiago, durante las veinticuatro horas del día".
Asimismo, ordena adoptar la medidas sustanciales y pertinentes para obtener la pronta conclusión de los trabajos de reparación del sistema de desagües en el CPF de San Miguel, iniciados hace más de un año, de manera de que puedan retornar al centro penitenciario que les corresponde.
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