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30/03/2021
No se trata de un caso de urgencia calificada
Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió amparo y anuló orden de detención por infracciones sanitarias
La defensa pública estimó que la medida era ilegal, porque el plazo para realizar la audiencia se encuentra suspendido.
Por Sandra Reyes L.,
Defensoría Regional Valparaíso.
Vía recurso de amparo, la defensa pública logró dejar sin efecto una resolución judicial que decretó orden de detención contra una persona que no asistió a la audiencia en un requerimiento simplificado por infracción al artículo 318 del Código Penal.
El recurso se interpuso en atención a que en julio de 2020 se realizó el control de detención del amparado en el Juzgado de Garantía de Valparaíso, en el que se presentó requerimiento verbal en procedimiento simplificado, fijándose audiencia para el 22 de octubre de 2020.
Dada su inasistencia, la audiencia se reprogramó para el 24 de febrero de 2021. Como tampoco fue, se despachó orden de detención en su contra, en conformidad con el artículo 127 inciso primero del Código Procesal Penal.
ORDEN DE DETENCIÓN IILEGAL
Sin embargo, la defensa pública estimó que la orden de detención era ilegal, porque el plazo para realizar la audiencia se encuentra suspendido conforme al artículo 7° inciso 1° de la Ley N° 21.226 y además no se trata de un caso de urgencia calificada, al no estar contemplada en lo previsto en el artículo 1° inciso 4° letra b) de la misma ley.
Al comentar el fallo, el Defensor Regional de Valparaíso, Claudio Pérez García, recomendó ingresar a la web de la Defensoría Penal Pública, para conocer en detalle los derechos y opciones con que cuentan los ciudadanos ante infracciones al artículo 318 del Código Penal".
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