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Elecciones Consejo de la Sociedad Civil 2025-2029

La participación ciudadana es indispensable para el desarrollo democrático de una nación, robustece el sentido de lo público, otorga mayor legitimidad a las instituciones y propicia espacios de interlocución directa con las autoridades, control social, evaluación y generación de insumos para responder en conjunto a las necesidades y demandas de la ciudadanía, por ello la ley N°20.500, de “asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública”, reconoce el deber del Estado de promover y apoyar las iniciativas de la sociedad civil y garantiza el derecho de las personas a participar en los procesos de la gestión pública obligando a los órganos de la administración del Estado a incluir estándares para cada uno de los mecanismos de participación, a fin de garantizar el cumplimiento de la citada ley.

Uno de los mecanismos de participación ciudadana son los Consejos de la Sociedad Civil, instancia donde se genera un espacio para el planteamiento y la discusión de temas contingentes que afectan a la comunidad. Las personas integrantes del Consejo son representantes de organizaciones sin fines de lucro cuyo objetivo es incidir e influir en la ejecución y evaluación de las políticas públicas.

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¿Qué es el Cosoc?

El Consejo de la Sociedad Civil (COSOC), es el mecanismo de participación, que por la ley 20.500, consagra y reconoce el derecho a la participación de las personas en la gestión, políticas, programas y planes del Estado.

¿Qué busca el Consejo de la Sociedad Civil de la Defensoría Penal Pública?

El consejo tendrá como objetivo aportar al fortalecimiento de la relación entre la sociedad civil organizada y la institución, a través de la incorporación de la voz de la ciudadanía en el ciclo de la gestión de las políticas públicas de la Institución.

Estará conformado de manera diversa, significativa y pluralista, por representantes de organizaciones sin fines de lucro de la sociedad civil, que tengan relación con la misión del servicio y/o estén vinculadas con los objetivos, políticas, planes y programas de la Defensoría.

Proceso de Elecciones COSOC 2025-2029

Tal como lo señala el Reglamento de la Defensoría Penal Pública, las elecciones para renovar a las y los consejeros que conforman el Consejo de la Sociedad Civil de la Defensoría se realizarán cada cuatro años, debiéndose realizar un nuevo proceso de postulación al nuevo Consejo, que ejercerá entre 2024 y 2029, el jueves 2 de enero de 2025.

El proceso de postulación se extenderá hasta el 22 de enero de 2025. La revisión de antecedentes concluirá el 31 de enero de 2025 y se iniciará el periodo de elecciones, el que culminará el día 23 de febrero del mismo año. Los resultados se publicarán el 7 de marzo de 2025.

Requisitos

Las organizaciones sociales interesadas deberán enviar al correo cosoc@dpp.cl:

CERTIFICADO...

... de vigencia de personalidad jurídica sin fines de lucro.

COPIA...

... de estatutos de la organización (si los tiene).

CERTIFICADO

... de Directorio y de representantes de la organización, según corresponda.


Calendario del proceso de elecciones.

El calendario del proceso se establece considerando días hábiles, es decir, excluye sábados, domingos y festivos, considera los siguientes hitos:

Años
2025 - 2029

Buscamos profundizar la participación ciudadana.

Tanto titulares como suplentes podrán participar de las sesiones, pero solo uno de ellos podrá representar a la organización de la cual proviene ante el Consejo y el derecho a voto podrá ser ejercido sólo por uno de ellos, en caso que ambos se encuentren sesionando. Excepcionalmente, podrán sesionar (y votar) otros representantes de las organizaciones, diferentes de los informados, cuando ni el titular ni el suplente puedan asistir a la sesión en particular, lo cual deberá ser comunicado previamente a la Defensoría, mediante correo electrónico. En tal caso, dichos representantes deberán cumplir con los mismos requisitos que los consejeros titulares o suplentes. Las organizaciones deberán considerar que, en la designación de sus representantes y suplentes, deben velar por cumplir los lineamientos sobre equidad de género que se indica en el presente Reglamento. En la eventualidad de que no se logre el criterio de paridad requerido, deberán someterse a los procedimientos que permitan alcanzarlo.

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de la Sociedad Civil.