Sala de Prensa

27/10/2025

Columna de opinión

Reforma procesal y defensa penal pública. Un nuevo aniversario

Artículo redactado por el defensor regional de Atacama, Raúl Palma Olivares, publicado en diario Atacama.

Este mes se cumplieron 25 años de funcionamiento del sistema procesal penal en el país y, por otro lado, el 16 de octubre de 2001, comenzó en régimen la Reforma Procesal Penal en Atacama, como parte de la instalación gradual del nuevo modelo de justicia penal.  

Este nuevo aniversario ha dado lugar a una serie de debates y reflexiones sobre el estado actual del sistema procesal acusatorio, donde persiste el consenso en que esta reforma significó un salto civilizatorio que permitió dejar atrás el anquilosado y opaco sistema inquisitivo que carecía de garantías para los inculpados, que confundía la persecución penal con el juzgamiento con la consecuente falta de imparcialidad y que además era profundamente ineficiente como modelo de justicia para el siglo XXI.  El acceso material a una justicia transparente, el derecho a defensa de las personas imputadas y un proceso penal conforme a estándares constitucionales y de derechos humanos, se concretó con este valiosa política pública que puso al país al nivel de las democracias consolidadas.

Una de las novedades más elocuentes fue el nuevo sistema de defensa penal pública que con altos estándares de calidad ha permitido defender en estos años a 6 millones y medio de personas que carecían de un abogado privado, procurando de esa manera una defensa de calidad para todas y todos sin ningún tipo de diferencia y cautelando el acceso a la justicia de los grupos en situación de mayor vulnerabilidad, logrando la Defensoria construir un modelo de defensa penal reconocido internacionalmente.

Ciertamente todos los sistemas son perfectibles y la justicia penal chilena hoy debe enfrentar desafíos dinámicos y complejos algunos de carácter más bien exógeno como la mutación de la criminalidad o la crisis penitenciaria, y otros propios de un diseño que requiere correcciones como en el caso de los juicios excesivamente extensos, el uso exacerbado de la prisión preventiva, la condena de inocentes o el desequilibrio entre las facultades y recursos de los intervinientes.

En el ámbito de la defensa sabemos que debemos actualizar nuestra ley, profundizar las líneas especializadas de defensa penal que incorporan un enfoque diferenciado de DDHH, mejorar la cobertura y atención de quienes se encuentran privados de libertad, además de materializar la autonomía institucional que se ha convertido ya en un elemento de desequilibrio e inestabilidad sistémica.

En momentos de mayor inseguridad pública y en períodos electorales surge la pulsión por aplicar justicias con distinta “velocidad”, atenuar las garantías, revisar punitivamente la justicia juvenil, crear cárceles depósito, es decir desandar lo evolucionado por el miedo instalado, pero desde la experiencia acumulada en estos años, con análisis crítico y con la racionalidad colectiva deseable en estos casos, si es posible mejorar la gestión de las instituciones, afinar el funcionamiento de la justicia, así como el derrotero de la política criminal. Lo que no se puede hacer es controlar el fenómeno criminal por el inextricable camino de la violencia estatal y el derrumbe del Estado de Derecho.

 

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