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24/03/2025
A partir de un trabajo multidisciplinario que involucró pericias sociales y médicas
Valdivia: defensa penitenciaria logró que interna con grave enfermedad pueda cumplir la pena junto a su familia
La abogada Patricia Cuevas Suárez, defensora penitenciaria de Los Ríos, explicó que en Chile no existe norma expresa ante estos casos, pero que jurisprudencialmente se ha construido esta alternativa de sustitución de pena sobre la base de tratados internacionales y del control de convencionalidad, es decir, aplicando la interpretación que hace la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que entiende como incorporada en la legislación chilena esta normativa internacional.
Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
periodista Defensor regional de Los Ríos.
A partir de un trabajo integral y del diseño de un alegato que consideró una serie de tratados internacionales, la abogada Patricia Cuevas Suárez, defensora penitenciaria de Los Ríos, logró el jueves pasado que el juez de garantía de Valdivia, David Silva Estrada, acogiera un amparo para sustitución de pena privativa de libertad, atendiendo el severo estado de salud de una mujer de 35 años, quien cumplía pena en el complejo penitenciario de Valdivia y ahora podrá ser cuidada por su familia en Villarrica.
Según explicó la defensora pública, la figura legal que sustituye la prisión de una persona condenada por razones extremas de salud no existe en el actual orden jurídico vigente en el país, salvo la pena mixta, no obstante que ésta sólo se otorga a partir de una serie de requisitos, como el tiempo de cumplimiento en la cárcel y un informe favorable de Gendarmería.
“Entonces, jurisprudencialmente se ha construido esta alternativa sobre la base de normas de tratados internacionales y del control de convencionalidad, es decir, aplicando la interpretación que hace la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), entidad que entiende como incorporada en nuestra legislación esta normativa internacional. Atendida esa consideración, se permite abordar interseccionalmente un conflicto sometido a decisión judicial”, señaló.
Según este enfoque interseccional, en una misma persona pueden presentarse distintas condiciones de discriminación o vulneración de derechos. Por lo mismo, Cuevas Suárez solicitó en este caso que no sólo se aplicara la perspectiva de género, sino que, además de las categorías de ser mujer y persona privada de libertad, se incorporara como una tercera categoría el hecho de que la joven afectada padece una grave enfermedad cerebral.
Con ese propósito, la defensora penitenciaria esgrimió lo que establecen el artículo 5 de la Constitución Política y las 'Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes' (Reglas de Bangkok), las 'Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos' (Reglas de Mandela), la 'Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer' (Cedaw), la 'Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer' (Convención de Belém do Pará), la Convención Americana de Derechos Humanos, el Pacto internacional de Derechos Civiles y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU.
"Sobre la base de todos estos tratados y pese a que no hay norma expresa en Chile, se acogió nuestra posición en cuanto a que el Estado chileno debe adoptar todas las medidas administrativas o judiciales conducentes al respeto del derecho a la dignidad e integridad física y psíquica de las personas y a igualar la brecha en desmedro de las mujeres privadas de libertad”, señaló.
TRABAJO MULTIDISCIPLINARIO
Para sustentar la posición de la defensa pública, la trabajadora social Vanessa Villarroel Díaz, integrante del equipo penitenciario, visitó y entrevistó a la interna, se interiorizó sobre las condiciones en las que se encontraba en la cárcel y conversó también con las funcionarias de Gendarmería, quienes en un gesto de humanidad -y aun cuando tal provisión es una obligación del Estado- aportaron diversos artículos para el cuidado de la mujer.
Con todos estos antecedentes, la profesional elaboró una pericia social que dio cuenta de las condiciones de privación de libertad de la joven en el recinto penal.
En tanto, la encargada de la Unidad de Apoyo a la Gestión de Defensa (UAGD) de la Defensoría Regional de Los Ríos, Karin Schmidt Cárdenas, colaboró en esta acción judicial al gestionar una hora de atención con el médico neurólogo Marcelo Leiva, perito de la defensa, así como la salida de la mujer desde la unidad penal para esa atención, luego de lo cual el profesional realizó un informe médico con la urgencia que ameritaba el caso.
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