Sala de Prensa

27/06/2025

Columna de opinión semanal

Orgullo gay y defensa penal: el valor de la igualdad de derechos y la no discriminación

El siguiente artículo, publicado en diario El Divisadero, fue escrito por el jefe de Estudios de la Defensoría Regional de Aysén.

Cristian Cajas, jefe U. de Estudios. Defensoría Regional de Aysén.

Cristian Cajas, jefe U. de Estudios. Defensoría Regional de Aysén.

Por Cristian Cajas Silva,
Defensoría Regional de Aysén.

El Día Internacional del Orgullo LGTBIQ+, también conocido como Día del Orgullo Gay, se celebra el 28 de junio de cada año. Esta fecha conmemora una serie de manifestaciones de la comunidad LGTBIQ+ en reacción a una redada de la policía de Nueva York en el bar Stonewall Inn, en 1969. Lo ocurrido en aquel lugar se considera un hito fundante del movimiento por los derechos de la diversidad sexual en Estados Unidos y el mundo.

Más allá de las banderas multicolores y las celebraciones, esta jornada nos invita a reflexionar sobre los espacios en que la discriminación permanece y las formas en las cuales se manifiesta.

La Defensoría Penal Pública tiene el mandato legal de proporcionar defensa penal a las personas imputadas de cometer delitos, hasta la completa ejecución de sus sentencias, cuando ellas carecen de un abogado.

En el cumplimiento de su misión, nuestra institución ha identificado segmentos de usuarios que presentan situaciones de mayor vulnerabilidad para ejercer sus derechos, tales como adolescentes, indígenas, migrantes y extranjeros, mujeres y personas de la diversidad sexual.

En este contexto, la defensa penal pública tiene un rol fundamental. No sólo porque garantiza el acceso a la justicia de quienes enfrentan un proceso penal —sin importar su identidad de género, orientación sexual o expresión de género—, sino porque actúa como contrapeso frente a prácticas discriminatorias que, aunque sutiles, pueden tener graves consecuencias. Personas de la comunidad LGTBIQ+ pueden ser más propensas a detenciones arbitrarias, hostigamientos policiales y criminalización por prejuicio.

Defender a alguien penalmente no es defender un delito. Es defender derechos. Es reconocer que la dignidad humana no se suspende por estar acusado o acusada, y menos aún por pertenecer a una comunidad históricamente marginada. La defensa debe ser empática, informada y consciente de las intersecciones entre justicia penal y diversidad sexual. Un interrogatorio mal formulado, una falta de comprensión sobre identidad de género, una omisión frente a tratos degradantes en recintos penitenciarios, pueden replicar —o incluso profundizar— la violencia que esas personas ya han sufrido en otros ámbitos.

En este sentido, procuramos que al interpretar las disposiciones legales, el sistema de justicia penal asuma un rol que visualice estas discriminaciones y se haga cargo de ellas, recurriendo a los instrumentos específicos que existen en el derecho –nacional e internacional- para aplicarlos al caso concreto.

Como institución pública, consideramos que es nuestro deber velar por la aplicación del principio de igualdad y no discriminación en favor de todas las personas que representamos.

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