Sala de Prensa

27/02/2025

Colmuna de opinión

Principio de publicidad y secreto de la investigación: un equilibrio necesario del proceso penal

El siguiente artículo, publicado hoy en el diario El Divisadero, fue escrito por el jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Aysén, Cristián Cajas Silva.

Cristian Cajas Silva, jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Aysén.

Cristian Cajas Silva, jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Aysén.

Por Cristián Cajas Silva,
jefe de Estudios Defensoría Regional de Aysén.

En el proceso penal chileno, el principio de publicidad es una piedra angular de la transparencia y el control ciudadano sobre la administración de justicia. Este principio garantiza que las actuaciones judiciales sean abiertas al escrutinio público, fortaleciendo la confianza en las decisiones de los tribunales. Sin embargo, esta apertura encuentra un límite legítimo en el secreto de la investigación, estableciendo -en el artículo 182 del Código Procesal Penal- una reserva que protege la efectividad del proceso y los derechos de los involucrados.

En efecto, la norma citada prescribe que las actuaciones de la investigación serán secretas para terceros ajenos al procedimiento. Una medida necesaria para resguardar la presunción de inocencia de las personas imputadas, la seguridad de las víctimas y testigos, evitar la contaminación del proceso y asegurar el éxito de las diligencias de investigación.>

Este equilibrio entre publicidad y secreto es esencial para mantener un sistema judicial justo y eficiente. En consecuencia, las filtraciones de información, sea a terceros ajenos al procedimiento o a la prensa, dañan el equilibrio de esta delicada balanza.

La exposición indebida de datos sensibles puede poner en riesgo la integridad de testigos, víctimas y sospechosos, además de afectar la reputación de personas que, eventualmente, nunca llegarán a ser formalmente acusadas. En casos de alto perfil, esta situación puede derivar en amenazas, extorsiones o daños irreparables a la vida privada de los involucrados.

A través de los medios de comunicación, la divulgación de antecedentes reservados, muchas veces parciales o descontextualizados, genera juicios paralelos, donde la opinión pública sustituye al análisis objetivo de las pruebas. Esta práctica no sólo afecta la percepción social de los implicados, sino que expone a las víctimas y testigos, y también puede presionar indebidamente a las autoridades judiciales. Por ello, es crucial reforzar los mecanismos que garanticen el respeto al secreto de la investigación.

El Ministerio Público y la Defensoría Penal Pública avanzan en el fortalecimiento de la seguridad informática de los antecedentes de sus causas, la protección de la información sensible de sus usuarios y la trazabilidad de quienes acceden a dicha información.

Los medios de comunicación, en tanto, tienen la responsabilidad ética de equilibrar el derecho a la información con la protección de los derechos fundamentales de las partes, entre los que destacan la presunción de inocencia de las personas imputadas y la protección de las víctimas y testigos.

La transparencia de la justicia es vital en una democracia, pero también lo es la preservación de la reserva de las investigaciones y la protección de los derechos individuales. Sólo asegurando este equilibrio podremos fortalecer el sistema de justicia penal y la confianza ciudadana en el mismo.

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