20/01/2025
Columna de opinión
Informe Cedaw y defensa penal pública
Artículo redactado por el defensor regional de Atacama, Raúl Palma, publicado en diario Atacama.
El octavo informe del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW en sus siglas en inglés), en relación con Chile, si bien reconoce con beneplácito el proceso legislativo en la materia desde el último informe de 2018, señala una serie de aspectos que aún son complejos en la obligación de erradicar todas las formas de discriminación contra la mujer en nuestro país por parte del sistema de justicia y donde es posible leer recomendaciones para la defensa penal pública.
Entre los más destacados y que requieren acciones concretas está el acceso a la justicia de mujeres del medio rural, mujeres indígenas y afrodescendientes, mujeres con discapacidad y migrantes para lo cual los servicios como la Defensoria Penal, debemos procurar sistemas accesibles y asequibles que se brinden de forma oportuna y eficaz evitando entonces, profundizar la discriminación estructural que sufren estos colectivos de mujeres.
Junto con lo anterior se insta a reforzar la capacitación en litigación con enfoque de género, eliminando los estereotipos predominantes.
Por otro lado, está el fenómeno de la privación exorbitante de libertad de mujeres por delitos de tráfico de drogas lo que requiere, mientras no se modifique la ley 20.000, afinar estrategias de defensa con perspectiva de género que incorporen la etiología criminológica de las conductas que permitan al tribunal adquirir un razonamiento contextual, como señala Julieta Di Corleto y exponer la divergencia entre la ley y su aplicación, identificando el impacto desigual de una norma que se presenta neutral. Sobre todo, respecto de mujeres donde la interseccionalidad está presente como en el caso de extranjeras e indígenas.
Por otro lado, el informe nos conmina, mientras no se apruebe la denominada ley Sayén, a realizar todas las acciones tendientes a la protección de las mujeres privadas de libertad embarazadas o con hijos pequeños y revisar constantemente las medidas cautelares con la finalidad que puedan cumplir la prisión preventiva e incluso las condenas en el medio libre.
Es relevante, además, tener especial cuidado con asegurar el ejercicio concreto del derecho al acceso a la salud de la población reclusa, en especial de las mujeres transgénero, indígenas y migrantes.
Como servicio público y como institución que tiene incorporada en su misión la perspectiva de género, estas recomendaciones efectuadas recientemente por el CEDAW son estándares internacionales que vienen a reforzar el trabajo que realizamos por una adecuada defensa penal con enfoque de género y con la convicción de un derecho penal humano como límite al poder punitivo, como enuncia el jurista Raúl Zaffaroni.
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