Miércoles, 08 de Septiembre de 2010
El servicio de defensa penal que presta la Defensoría Penal Pública será gratuito, excepto para quienes cuenten con recursos económicos, los que deberán pagar parcial o totalmente.
El arancel a pagar se define anualmente, a través de una resolución del Defensor Nacional.
Los usuarios deben ser informados sobre el sistema de aranceles en la primera entrevista con el defensor. Él solicitará algunos datos para calcular su capacidad de pago (años de estudios, sexo, experiencia laboral, el ingreso potencial, las personas que de ella dependen, la región en la que vive, entre otros) los que quedan registrados en una ficha confidencial de la que el usuario tendrá copia.

Si la persona cuenta con Ficha CASEN (Encuesta de Caracterización Socioeconómica Nacional), el monto del arancel se calculará en forma automática de acuerdo a los antecedentes anteriormente señalados. Si la persona no posee esta Ficha, su capacidad de pago se determinará en base a la información entregada.
El arancel de defensa establece un listado de servicios definidos como salidas o resultados posibles en el sistema procesal penal; precios para cada grupo de servicio de defensa; y un mecanismo para determinar la capacidad de pago de cada beneficiario, con distintas tasas de co-pago.
La escala de co-pagos va desde la gratuidad -para quienes tienen una capacidad de pago de 0 a 320 mil pesos- hasta el pago total del servicio para quienes cuentan con capacidad de pago superiores a 640 mil pesos.
Los jóvenes mayores de 14 años y menores de 18 años de edad no pagan la defensa prestada por un abogado, cualquiera sea la situación social y económica de sus padres o sostenedores.
Una vez finalizado el servicio, el Defensor Regional correspondiente dictará una resolución con el monto a pagar, que será notificada al usuario en la dirección que haya entregado al defensor.
El imputado que no esté conforme tiene derecho a apelar ante el Defensor Regional y si aún no está conforme con este resultado, puede recurrir al Juez que conoció la causa en un plazo máximo de cinco días.
El imputado deberá pagar el servicio en la Tesorería General de la República o en cualquier banco, presentando el “Aviso de Recibo” obtenido en la Tesorería o en la Defensoría. La Defensoría Penal Pública no recibe dinero por motivo alguno.
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